España no ha abandonado su solución pública de facturación electrónica: la está construyendo. La AEAT prevé tenerla operativa a partir de octubre de 2026, y por ley será gratuita. Eso no vuelve inútil la pregunta que debe hacerse cualquier pyme o autónomo antes de firmar con un software privado que promete también la gratuidad: no es si el Estado se echará atrás, sino qué cubre exactamente esa oferta gratuita y qué no.
Dos reformas, dos calendarios: Crea y Crece y VeriFactu
La obligación de facturación electrónica entre empresas nace de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, conocida como Ley Crea y Crece. La norma impone a todas las empresas y autónomos, sin excepción de tamaño, expedir, remitir y recibir sus facturas en formato electrónico estructurado en sus operaciones B2B.
El reglamento de desarrollo fija un calendario en dos tiempos. El 1 de octubre de 2026 —el llamado «Día Cero»— debe estar operativa la solución pública de facturación electrónica de la AEAT. La obligación de emitir factura electrónica llega después: desde el 1 de octubre de 2027 para las empresas con una facturación superior a 8 millones de euros, y desde el 1 de octubre de 2028 para el resto de empresas y autónomos.
A esto se suma una segunda obligación, distinta pero relacionada: VeriFactu, regulada por el Real Decreto 1007/2023 y aplazada por el Real Decreto-ley 15/2025. Será exigible desde el 1 de enero de 2027 para las sociedades, y desde el 1 de julio de 2027 para los autónomos. A diferencia de Crea y Crece, que organiza el intercambio de facturas entre empresas, VeriFactu regula cómo el software de facturación reporta cada registro a la AEAT en tiempo real.
La solución pública de la AEAT: gratuita, pero no obligatoria
La solución pública cumple tres funciones: permite emitir facturas electrónicas de forma gratuita, pensada en particular para pymes y autónomos; sirve de sistema de interconexión entre las plataformas privadas; y actúa como repositorio obligatorio de todas las facturas electrónicas emitidas en España, junto con la información sobre su estado de pago.
Usarla no es obligatorio. Cada empresa puede optar por la solución de la AEAT o por un software privado que cumpla los requisitos legales. Pero incluso eligiendo una plataforma privada, la ley obliga a remitir una copia fiel de cada factura a la solución pública. No existe forma de facturar electrónicamente al margen del control de la AEAT, se use el software que se use.
Las plataformas privadas, por su parte, deben garantizar la interoperabilidad entre ellas y con la solución pública, sin coste añadido, en un plazo máximo de un mes cuando un cliente lo solicite. El formato FacturaE es el estándar nacional exigido por la solución pública; el UBL es el estándar internacional más extendido. A diferencia de otros países del entorno europeo, donde la ley obliga a pasar por una plataforma intermediaria homologada, en España el propio software de facturación puede transmitir directamente a la AEAT.
Lo que exige realmente un software de facturación conforme
Cumplir con VeriFactu no es una casilla que se marca una vez. El sistema informático de facturación debe generar registros de facturación encadenados e inalterables, incorporar una huella que impida su modificación posterior, y transmitir esos registros a la AEAT de forma automática e inmediata en el momento de la emisión.
El software debe además incluir una declaración responsable del fabricante certificando su conformidad con el reglamento, y esa declaración debe mantenerse vigente durante toda la vida útil del programa, no solo en el momento de la compra.
A esto se añade la obligación de interconexión gratuita descrita más arriba, y la conservación de los registros de facturación durante el plazo legal exigido por la normativa fiscal española.
Ninguna de estas obligaciones desaparece porque el software se ofrezca sin coste de suscripción. La certificación, el mantenimiento de la cadena de registros y la interconexión permanente son cargas técnicas reales, que alguien financia, sea o no visible en la tarifa.
Por qué «gratis» no siempre significa «completo»
Varios editores de software de facturación en España ofrecen un plan gratuito como puerta de entrada hacia módulos de pago: contabilidad, gestión bancaria, presupuestos. No es un modelo ilegítimo, es una estrategia de conversión habitual en el sector del software como servicio.
El riesgo no está en la gratuidad en sí. Está en lo que esa gratuidad incluye realmente. Un plan gratuito puede cubrir la emisión de facturas sin cubrir, por ejemplo, la declaración de conformidad VeriFactu completa, el histórico de registros a largo plazo, o el soporte técnico en caso de incidencia con la AEAT.
Con dos calendarios activos entre 2026 y 2028 —Crea y Crece por un lado, VeriFactu por otro—, el mercado del software de facturación en España va a vivir su propia fase de reordenación. Los editores que hoy ofrecen gratuidad total mientras compiten por cuota de mercado no tienen todos la misma capacidad de sostenerla mientras las dos reformas se aplican en paralelo.
Qué verificar antes de elegir tu plataforma
El precio mostrado nunca lo dice todo. Antes de comprometer tu empresa con un software de facturación, gratuito o no, conviene hacer algunas verificaciones concretas.
Pide la declaración responsable de conformidad VeriFactu del proveedor, no solo una mención genérica de «compatible» en la web. Verifica que el software puede interconectarse con la solución pública de la AEAT y con otras plataformas sin coste añadido, tal como exige la ley. Pregunta qué ocurre con tu histórico de facturas si el plan gratuito cambia de condiciones o el proveedor es adquirido por otro.
Una solución de gestión centralizada, como una GMAO, no sustituye a un software de facturación conforme: se conecta a él como solución compatible. Reva Services integra esta conexión de forma nativa, sin hacer depender la facturación de sus clientes instaladores de la evolución comercial de un tercero. La elección del proveedor de facturación permanece transparente, documentada, y la inversión de los usuarios a largo plazo está protegida.
Si estás preparando tu paso a la facturación electrónica obligatoria de 2027-2028, mejor hacerlo sobre una base que no cambiará las reglas a mitad del camino. Hablemos de tu proyecto